Marklet
Yrendague S.A. Logo

proceso de inducción

Reglamento Interno Yrendague S.A.

Objeto y Aplicación

El presente Reglamento Interno de Trabajo tiene por objeto establecer disposiciones obligatorias que regulen el orden, la disciplina, la higiene y seguridad en Yrendague Servicio de Seguridad y Transporte S.A., y sus trabajadores. Sus disposiciones deben ser observadas por todos los empleados en relación de dependencia, en forma directa y permanente.

Ingreso del Empleado y Contrato de Trabajo

Todo empleado deberá contar al momento de su ingreso con la documentación solicitada por la Empresa: - Cédula de identidad expedida por la Policía de la Capital - Libreta de baja o del Servicio Militar Obligatorio - Carnet de Seguro Social o certificado de inscripción en el Instituto de Previsión Social (IPS) - Documentos de inmigración y residencia (para extranjeros) - Certificados de Estudios y de Trabajo - Someterse a un periodo de prueba o a un examen de competencia Al ingresar, el postulante suscribirá el respectivo Contrato Individual de Trabajo y el presente Reglamento Interno.

Periodo de Prueba

El empleado se someterá a un periodo de prueba que será: - De treinta días para trabajadores no calificados - De sesenta días para trabajadores calificados o para aprendices - Tratándose de trabajadores técnicos altamente especializados, la Empresa podrá convenir un periodo distinto.

Organización Interna y Horarios de Trabajo

Todos los empleados dependen directamente de sus jefes inmediatos, directores, jefes de departamentos, capataces o encargados, a quienes deben obediencia y respeto. La empresa fijará los horarios de trabajo de acuerdo con la naturaleza de las labores: - Distribución (choferes y ayudantes de choferes): Lunes a Sábados de 04:30 a.m. a 13:00 p.m., con un descanso intermedio de 08:00 a.m. a 08:30 a.m. y otro de 12:00 p.m. a 12:30 p.m. - Administración: Lunes a Viernes de 07:30 a.m. a 17:00 p.m., con descanso intermedio de 12:30 p.m. a 13:30 p.m., y Sábados de 08:00 a.m. a 13:00 p.m.

Puntualidad y Asistencia

El empleado deberá registrar su hora de entrada y de salida en las tarjetas individuales respectivas, en el local de la empresa, mediante reloj-control o registro informático. Queda terminantemente prohibido marcar o ingresar otra tarjeta que no sea la propia. La marcación deberá ser realizada en la hora señalada en el sistema de control; la marcación anticipada o posterior no tiene ningún valor si no va acompañada de autorización expresa.

Inasistencias y Justificaciones

La falta de puntualidad y las ausencias no justificadas estarán sujetas a sanciones disciplinarias. La ausencia por enfermedad o accidente se comprobará con el certificado de reposo expedido por el IPS o médico tratante, y deberá presentarse a la Empresa dentro del primer día de inasistencia, comunicando el hecho inmediatamente por escrito. Ante cualquier duda sobre las políticas, se deben comunicar con Lucas Santander, Desarrollo Organizacional y Capacitaciones de Yrendague.